Congreso incumple en emitir leyes; también congela salarios mínimos

Congreso incumple en emitir leyes; también congela salarios mínimos

A pesar de la prisa que imprimió para aprobar nuevas disposiciones constitucionales en materia de pueblos indígenas, protección animal y maíz nativo, el Congreso de la Unión violó la Constitución al no cumplir con su obligaciónde emitir las leyes generales correspondientes, por lo que las tres reformas no tienen regulación para su aplicación total.

Además, de manera inédita, tiene congeladadesde hace un año una reforma constitucionalque ya cuenta con el apoyo de todos los congresos estatales, pero que el Senado se niega a declarar válida, por lo que las disposiciones constitucionales en materia de salarios mínimos no pueden ser aplicadas.

Hoy lunes cierra formalmente el primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de trabajo de la LXVI Legislatura y los senadores y diputados federales dejaron en el olvido las leyes que harán realidad las reformas constitucionales en materia de comunidades indígenas, cuidado animal y protección del maíz nativo.

Ninguna de las comisiones de trabajo de ambas cámaras del Congreso registró avances sobre estos tres temas.

En vigor desde el 1 de octubre del 2024, es decir, desde hace 14 meses, la reforma constitucional en materia de protección de pueblos indígenas y afromexicanos debía contar con su ley general desde abril del 2025, pero dadas las diferencias que existen entre los grupos de trabajo, senadores y el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas, todavía no se ha podido concretar.

De acuerdo con el propio ordenamiento constitucional la Ley General debe regular, entre otros temas, la disposición de que los pueblos indígenas elijan, de acuerdo con sus sistemas normativos, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad.

Así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electos o designados, en un marco que respete el pacto federal, la soberanía de los Estados y la autonomía de la Ciudad de México. En ningún caso, sus sistemas normativos limitarán los derechos político-electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales.

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