Resuelve IEC medidas cautelares en queja presentada por Partido Acción Nacional
En Sesión Extraordinaria celebrada este sábado 07 de marzo por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Coahuila, fue atendido el expediente DEAJ/PES/003/2026.
Dicha queja fue promovida en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2025-2026 por la representación del Partido Acción Nacional ante el Consejo General del Instituto contra el Partido Morena y diversas personas precandidatas, por la comisión de actos anticipados de precampaña; la violación a la prohibición de realizar actos de precampaña en el caso de precandidaturas únicas y a las reglas de propaganda electoral, así como de los principios de equidad e imparcialidad por el uso indebido de la figura presidencial, y de los principios electorales de equidad e igualdad en la contienda electoral; además de la simulación del proceso interno del partido al tratarse de precandidaturas únicas que se encuentran realizando propaganda electoral mediante la difusión de su imagen, lo que contraviene la normativa electoral local.
Derivado de la solicitud de la parte promovente, el Instituto Electoral de Coahuila determinó ordenar al Partido Morena el retiro de publicaciones que se consideró podrían vulnerar alguno de los bienes jurídicos tutelados, pues las precampañas se deben ceñir a las reglas previstas en el Código Electoral de Coahuila.
Entre las publicaciones que deberán retirarse se encuentran las siguientes:
• La difusión de propaganda donde figure la imagen de precandidaturas únicas.
• La propaganda que utilice o difunda la silueta de la Presidenta de la República.
• Las actividades, publicidad, propaganda o publicaciones que no vayan dirigida a la militancia partidista.
El retiro de las publicaciones y propaganda que cuente con las características referidas deberá realizarse en un término de 24 horas a partir de las notificaciones llevadas a cabo el día de hoy sábado 08 de marzo. De no hacerlo, la autoridad electoral local podrá determinar las medidas de apremio que considere pertinentes, para el debido cumplimiento de lo mandatado en el acuerdo de medidas cautelares.

